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JCE emite reglamento para reconocimiento de partidos, movimientos y agrupaciones políticas

Junta Central Electoral


La Junta Central Electoral (JCE) emitió un nuevo reglamento que establece el procedimiento para el reconocimiento de partidos, movimientos y agrupaciones políticas en la República Dominicana, el cual incluye mecanismos de supervisión financiera y verificación de apoyo ciudadano.

La normativa dispone que las organizaciones políticas en formación deberán someter a revisión sus presupuestos de manera anual hasta la celebración de las próximas elecciones generales, especificando de forma detallada las fuentes de sus ingresos.

Asimismo, se establece la revisión de la nómina de contribuyentes, incluyendo los detalles de los aportes recibidos, el origen de los recursos y la identificación de los beneficiarios en las compras de bienes y servicios realizadas por estas organizaciones.

El reglamento define cuatro fases dentro del proceso de reconocimiento.

La primera fase corresponde al trabajo de gabinete, en la que la JCE verifica los documentos y los elementos distintivos depositados por los gestores de las organizaciones políticas en formación.

En la segunda fase, las autoridades procederán con la verificación de las informaciones contenidas en los expedientes de solicitud de reconocimiento, tomando en cuenta el alcance geográfico relativo a los electores que respaldan la organización, la identificación de sus directivos provisionales y la inspección de la sede o local donde operan.

La tercera fase contempla que la Dirección de Partidos Políticos de la JCE realice un levantamiento de información y presente un informe final a la Comisión de Juntas Centrales y Partidos y Movimientos, que a su vez emitirá recomendaciones al Pleno del organismo para la adopción de las resoluciones correspondientes.

Finalmente, en la cuarta fase, la organización política que haya obtenido el reconocimiento deberá celebrar su asamblea constitutiva para confirmar su formalización, conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

El reglamento también establece que la JCE podrá implementar herramientas tecnológicas y softwares para agilizar el proceso de validación de firmas de los electores. Entre estas medidas se contempla el desarrollo de una aplicación móvil que permitirá a los partidos, movimientos y agrupaciones políticas recolectar firmas de ciudadanos de manera digital, facilitando así el cumplimiento de este requisito en la primera fase del proceso.

No obstante, la normativa prohíbe las declaraciones de apoyo realizadas mediante llamadas telefónicas, correos electrónicos o cualquier otro mecanismo de comunicación que excluya el consentimiento presencial del ciudadano.

Además, se dispone que, a partir de una muestra de electores por provincias, municipios, sectores y calles, deberá verificarse el contacto con más del 51 % de los ciudadanos que figuren como firmantes para confirmar su respaldo a la organización política en formación.