Los Defensores

Ética remite al MAP informe sobre presuntas irregularidades políticas en el ITLA y plantea sanciones disciplinarias

Milagros Ortiz Bosch


Santo Domingo – La Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), bajo la conducción de Milagros Ortiz Bosch, determinó que el exrector del Instituto Tecnológico de las Américas (ITLA), Rafael Feliz García, y el coordinador de Gabinete de esa casa de estudios incurrieron en conductas contrarias a la ética pública al solicitar aportes económicos, voluntarios o forzados, entre el personal, con el objetivo de financiar una estructura política.

Según el Informe de Investigación Especial elaborado por la entidad, dichos actos menoscaban la transparencia y la integridad institucional, por lo que los resultados fueron enviados al Ministerio de Administración Pública (MAP) para que evalúe la apertura de un proceso disciplinario y establezca las sanciones pertinentes conforme a la normativa vigente.

El reporte indica que las acciones atribuidas a Rafael Feliz García –quien fue destituido por mandato del presidente Luis Abinader– y a Winston Paulino vulneran la Ley 41-08 de Función Pública, al emplear un mecanismo de recaudación dentro de una institución estatal con fines políticos.

La investigación recuerda que el artículo 80, numeral 13, de esa ley prohibe a los servidores públicos favorecer intereses partidarios en el ejercicio de sus funciones, así como gestionar recursos, difundir propaganda o emplear bienes y fondos institucionales para actividades de carácter político.

Del mismo modo, el numeral 14 de la citada normativa impide que funcionarios o superiores jerárquicos inciten, soliciten o presionen a sus subordinados para que participen en actividades partidistas, ya sea en beneficio propio o de terceros.

El documento también alude al artículo 84 de la Ley de Función Pública, que califica como faltas graves diversas conductas incompatibles con la probidad administrativa, incluidas aquellas que puedan menoscabar la reputación y credibilidad de las instituciones del Estado.

La DIGEIG, a su vez, menciona la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, cuyo artículo 25 prohíbe a los partidos políticos imponer o aceptar descuentos salariales a empleados públicos o privados, aun cuando se presenten como contribuciones voluntarias.

Igualmente, la normativa impide que funcionarios o servidores públicos faciliten bienes, recursos o fondos estatales para favorecer a partidos políticos o candidaturas.

Tras analizar las denuncias, la entidad concluye que existen indicios suficientes para presumir la comisión de faltas éticas y administrativas susceptibles de sanción, señalando a Winston Paulino como el principal responsable de la práctica investigada.

Como parte de sus recomendaciones, la Dirección de Ética propone reforzar los mecanismos de supervisión interna, robustecer los controles institucionales y promover una observancia más estricta de los principios éticos que rigen el servicio público, con el fin de evitar hechos similares en el futuro.

Paralelamente, la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República está llevando a cabo una evaluación técnica y administrativa del ITLA, enfocada en los procesos financieros y de control interno de la institución.

Esta pesquisa busca determinar si, además de las implicaciones éticas y disciplinarias señaladas por la DIGEIG, se produjeron vulneraciones a los procedimientos y controles establecidos para la gestión de los recursos públicos.